domingo, 6 de marzo de 2016

RESUMEN PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (POS)


1)   RESPONDER:

A-   CUALES LA RAZÓN POR LA CUAL SE DEBE DE PAGAR OPORTUNAMENTE SALUD?
Porque es causal de suspensión de la afiliación al sistema general de seguridad social en salud. Por ende, la norma autoriza que cuando se presenta incumplimiento del pago de la cotización no se suministre el servicio de salud.
El no pago de la cotización en el sistema contributivo producirá la suspensión de la afiliación y al derecho a la atención del plan de salud obligatorio. Por el período de la suspensión, no se podrán causar deuda ni interés de ninguna clase.
Para este efecto, la entidad promotora de salud, a partir de la mora, suspenderá el servicio y comunicará al afiliado este hecho así como la fecha desde la cual se hará efectiva la desafiliación. La entidad promotora de salud tendrá derecho a causar las cotizaciones que reciba del trabajador, siempre que no aplique períodos mínimos de cotización o carencia una vez verificada la situación de mora o desafiliación.

B-  QUÉ PASA SI NO SE REALIZA EL PAGO: EN UN MES, TRES MESES, SEIS MESES?
Cuando se trate de trabajadores dependientes y la mora exceda de seis (6) meses o cuando la desafiliación se produzca, sin que hubieran transcurrido más de seis (6) meses desde este evento, el empleador y la entidad promotora de salud podrán celebrar acuerdos de pago con garantías mediante los cuales no se aplique la pérdida de antigüedad del sistema, siempre que se realicen los pagos completos del período integral de mora. La entidad promotora de salud realizará la compensación frente a la totalidad de cotizaciones recaudadas, siempre que respete la antigüedad de la totalidad de los trabajadores del correspondiente empleador. En ningún caso, conforme lo establece el parágrafo del artículo 210 de la Ley 100 de 1993, podrá condonarse o eximir al empleador del pago de los aportes adeudados por concepto de cotizaciones.
Durante el período del acuerdo de pago, la entidad promotora de salud asumirá la prestación de los servicios de salud a los trabajadores comprendidos dentro del mismo aun cuando no hayan sido cancelados todos los aportes debidos, siempre y cuando se cancele oportunamente el mes corriente.
Cuando las entidades promotoras de salud reconozcan los períodos de antigüedad en el sistema durante el período de suspensión o desafiliación, los intereses de mora que se causen por dichos períodos serán de su propiedad.

2)   DEFINA:

A-    QUE SON CUOTAS MODERADORAS?

CUOTAS MODERADORAS:Son los aportes en dinero  que deben realizar los afiliados (cotizantes y beneficiarios) del plan obligatorio de salud POS, de acuerdo con el ingreso base de cotización del afiliado cotizante. , valores de estas cuotas están  definidos por el concejo nacional de seguridad social y  tienen por objeto regular y estimular el buen uso del servicio de salud,  promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por su EPS.

CUOTAS MODERADORAS – CONTRIBUTIVO (Aplican para afiliados cotizantes y beneficiarios).  Este valor será cobrado en la IPS que preste el servicio, teniendo en cuenta la categoría en que se encuentre clasificado el afiliado.


EXCEPCIONES QUE NO PAGAN CUOTA MODERADORA: 
Se exoneran aquellos tratamientos utilizados en el manejo de enfermedades ruinosas y catastróficas.
·         Programas de promoción, educación y prevención según actividades definidas en la Resolución 412 de 2000, del Ministerio de Salud.
·         Servicios alto costo (artículo 129 de resolución 5592 de 2015)
·         Población espacial según circular 016 de 2014 del ministerio de salud y protección social.


CUOTAS MODERADORAS SUBSIDIADO.
No aplica el pago de cuotas moderadoras para los afiliados del régimen       subsidiado.


B-  CUÁLES SON LAS EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DEL POS?

exclusiones y limitaciones del  plan obligatorio de salud son:
  • Generales 
  • Especificas 

C-  QUE SON LOS PERIODOS MÍNIMOS DE COTIZACIÓN?

Corresponden al número de semanas mínimas de cotización necesarias para acceder a algunos servicios. En caso de requerirse un servicio de estos y no contar con la totalidad de las semanas de cotización, el afiliado debe asumir el costo proporcional a las semanas faltantes. No habrá períodos mínimos de cotización o períodos de carencia superiores a 26 semanas, en el Régimen Contributivo, para acceder a los servicios asistenciales. A los afiliados se les contabilizará el tiempo de afiliación en el Régimen Subsidiado o en cualquier EPS del Régimen Contributivo.

D-   QUE SON LOS COPAGOS?

Es el aporte en dinero que corresponde a una parte del valor servicio requerido por el beneficiario; tiene como finalidad ayudar a financiar el sistema, se cobra solo a los afiliados beneficiarios. Todos los usuarios pagan copago por los servicios cubiertos en el POS, pero la atención será gratuita (exenta de copagos) para los siguientes grupos de población en caso de ser atendidos con cualquier servicio, actividad, procedimiento e intervención que haga parte del POS.

COPAGOS -  CONTRIBUTIVO:

El valor del copago depende del ingreso base de cotización de acuerdo con los rangos establecidos por la ley y corresponde a una parte del valor del servicio.

COPAGO- SUBSIDIADO.

Artículo 11 del acuerdo 260 de 2004: contribución de los afiliados dentro del régimen subsidiado. Los beneficiarios del régimen subsidiado contribuirán  a financiar el valor de los servicios de salud que reciban, a través  de copagos establecidos según los niveles o categorías fijadas por el sisben.

Todos los usuarios pagan copago por los servicios cubiertos en el POS pero la atención es gratuita (exenta de copagos) para los siguientes grupos de población en caso de ser atendidos con cualquier servicio, actividad, procedimiento e intervención que haga parte del POS.

jueves, 3 de marzo de 2016

DERECHOS Y DEBERES DEL AFILIADO Y USUARIO

DEBERES DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE  QUE LE OTORGA LA LEY 100 CON LA SEGURIDAD SOCIAL SON LOS SIGUIENTES:
  • Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad
  • Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
  • Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
  • Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud.
  •  Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el Sistema de Salud, así como los recursos del mismo.
  • Cumplir las normas del Sistema de Salud.
  • Actuar de buena fe frente al Sistema de Salud.
  • Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de recibir el servicio.
  • Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.
  • Informar cuando nazca un niño(a), presentando copia del Registro Civil (antes de 45 días).
  • Informar cuando cambie su dirección de domicilio.
  • No estar afiliado a dos o más Entidades Promotoras de Salud al mismo tiempo ni pertenecer a otro Régimen de Salud.  
  • Informar inmediatamente la muerte de familiares que se encuentren afiliados presentando el acta de defunción.
  • Acudir cumplidamente a las citas, controles médicos, talleres, charlas y diferentes programas de Promoción y Prevención.
  • Pagar oportunamente cotizaciones para el caso de independientes, UPC adicionales, copagos y cuotas moderadoras.
  • Sujetarse a las condiciones establecidas en la normatividad vigente sobre la aplicación de los copagos y cuotas moderadoras del Régimen de aseguramiento que por movilidad corresponda.
  • Atender de manera oportuna los requerimientos de información y/o presentación de los documentos exigidos para los integrantes del grupo familiar.
  • Informar a su empleador, cuando estando afiliado al Régimen Subsidiado se vincule laboralmente y deba pasar al Régimen Contributivo y desee mantenerse en NUEVA EPS: para realizar el pago y reportar la novedad a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). En los casos que se han generado una incapacidad y/o licencia los afiliados cotizantes tienen los siguientes deberes: Transcripción: realizar directa y oportunamente la transcripción de las incapacidades expedidas cuando estas fueron generadas por instituciones diferentes a su Unidad Funcional de Atención Básica asignada. Para esto deberá acercarse a la Oficina de Atención al Afiliado más cercana. Facilitar el Cobro: entregar oportunamente al empleador (para usuarios dependientes) el certificado de incapacidad expedido por NUEVA EPS con el fin de que este último gestione el proceso de cobro.
  •  Informar a la EPS del Régimen Subsidiado, cuando adquiera capacidad de pago y esta situación le obligue a pasar al Régimen Contributivo como independiente y desee mantenerse en NUEVA EPS, mediante los formularios de novedad de la afiliación.
  • El afiliado del Régimen Contributivo que pierda su capacidad de pago y desee mantenerse en NUEVA EPS, deberá informar la novedad de retiro. Para el caso de los cotizantes dependientes, esta obligación recaerá sobre el empleador

 DERECHOS DEL CIUDADANO QUE LE OTORGA LA LEY 100 CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

  • Todo afiliado o paciente, sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen social, posición económica o condición social, tiene derecho a:
  • Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad, sin restricción, a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios.
  • Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean requeridos con necesidad.
  • Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar si requiere o no un servicio de salud. 
  • A que la Entidad Promotora de Salud autorice los servicios que solicita y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se encuentran en el Plan Obligatorio de Salud. El acceso a los servicios de salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente.
  • Los niños y niñas están especialmente protegidos y por ende tienen derecho a acceder al servicio de salud que requiera para conservar su vida, su dignidad y su integridad, así como para desarrollarse armónica e integralmente. Se entiende por niña o niño, toda persona menor de 18 años.
  • Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite, sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una Institución Prestadora de Servicios de Salud de la red definida por la Entidad Promotora de Salud. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad económica, de acuerdo con la estratificación socioeconómica de soportar el pago del mismo.
  • Disfrutar y mantener una comunicación plena y clara con el personal de salud, apropiada a sus condiciones sicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar, y el pronóstico y riesgos que dicho tratamiento conlleve.
  • El derecho a que los familiares o representantes, en caso de inconsciencia, incapacidad para decidir o minoría de edad del paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Los profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores promoverán la adopción de decisiones autónomas por parte de los menores de edad.
  • Mantener la confidencialidad y secreto de su información clínica, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia con su autorización o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que la ley determine.
  • Recibir durante todo el proceso de la enfermedad la mejor asistencia médica disponible, respetando los deseos del paciente, incluso en el caso de enfermedad irreversible.
  • Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos de los servicios obtenidos.
  • Aceptar o rechazar procedimientos, por sí mismos o, en caso de inconsistencia, incapacidad para decidir o minoría de edad, por sus familiares o representantes, dejando expresa constancia, en lo posible, escrita de su decisión.
  • Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud que respete sus creencias y costumbres, su intimidad, así como las opiniones personales que tenga, sin recibir trato discriminatorio.
  • Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad, higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
  • Recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como recibir una respuesta oportuna.
  • Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible por personal de la salud debidamente competente y autorizada para su ejercicio.
  • Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de la salud, como también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida dentro de la oferta de red disponible. Los cambios en la oferta de prestadores por parte de las Entidades Promotoras de Salud no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberán contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación de la salud del usuario. Dicho cambio no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser racionales y proporcionales.
  • Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral, cualquiera que sea el culto religioso que profesa o si no profesa culto alguno.
  • Ser respetado en su voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se le haya informado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.
  • Ser respetado en su voluntad de aceptar o rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos.
  • Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
  • Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de salud en caso de duda.

martes, 1 de marzo de 2016

ESE OCCIDENTE

ESE OCCIDENTE

LOGROS OBTENIDOS

  • Se han realizado acciones de mejora tales como: Seguridad del Paciente, Humanización de la Atención, Gestión de la Tecnología  y Enfoque de riesgo. Así mismo el trabajo en Responsabilidad Social.
  • Avances en la Política de seguridad del paciente, Cultura de seguridad, Prácticas seguras, prevención y control de infecciones (higiene de manos, aislamiento, re uso, esterilización, limpieza y desinfección).
  • Avances en los procesos de Calidad.
  • Se está trabajando en la difusión amplia de derechos y deberes de los usuarios. El soporte de éste indicador “Certificación de la Oficina de Calidad y/o de Control Interno” que se anexa en éste documento


OPORTUNIDAD 

La ESE viene reportando este indicador en un (1) día, debido a que en cada punto de atención, el mismo día en que los usuarios solicitan el servicio ese mismo día es atendido; sin embargo también se viene reportando la demanda insatisfecha o usuarios no atendidos, que para la ESE anteriormente esta cifra se reportaba por encima del 6% con tendencia a subir cuando no se tiene médicos y a bajar cuando se cuenta con todos los profesionales. Por eso para ésta vigencia la DI se reporta en un 3,7% por la permanencia un poco más constante de los profesionales. La demanda insatisfecha (usuarios no atendidos) también disminuye, cuando se cumplen los cronogramas de salidas extramurales, mejorando la accesibilidad a los servicios de la población rural y disminuyendo las barreras de acceso a los mismos. La ESE ha venido superando las dificultades para sacar los grupos extramurales porque ha mejorado la liquidez y se ha mejorado la permanencia de los profesionales médicos en la zona.  

GERENTE:  Álirio barrios Bravo
COORDINADOR DE TIMBIQUI: Edye  saa carabalí
Sede administrativa carrera 11 # 2-58  B/cadillal popayan

PUNTO DE ATENCION
Hospital de timbiqui – cauca

Servicio que ofrece:

1. farmacia
2. Laboratorio clínico 
3. Inmunologia
4. Quim
5. Bacteriología
6. Saneamiento básico ambiental
7. Higiene oral
8. Promocion y P
revención
9. Medicina general
10. Odontología





PUNTOS DE ATENCIÓN LOPEZ DE MICAY

  • Unidad nivel 1
  • punto de atención puerto saija- timbiqui
  • azul pacifico
  • servicios integrales en salud madre teresa
  • corazón del pacifico S.A.S
  • laboratorio timbiqui



Dirección: Calle Santander - Lopez de Micay - Cauca
Teléfono: 092 - 8405017
Fax: 092 - 8405017

Servicio que ofrece:

1. farmacia
2. Laboratorio clínico 
3. Inmunologia
4. Quim
5. Bacteriología
6. Saneamiento básico ambiental
7. Higiene oral
8. Promocion y P
revención
9. Medicina general
10. Odontología













ESE HOSPITAL NIVEL I EL BORDO

 ESE HOSPITAL NIVEL I EL BORDO

La empresa  social del estado, Hospital nivel I El Bordo ES LA I intitucion publica de salud de los patianos para su servicio y el de la comunidad del sur del cauca y del norte del cauca de nariño; Hospital que se ajusta con el compromiso de sus funcionarios y trabajadores, a las medidas del sistema de seguridad social del gobierno nacional, para sostenerse como IPS publica de servicios con calidad; con el propósito de mejorar las condiciones de vida de la población del área de influencia; alrededor de la promoción de salud y la prevención de la enfermedad.

por su compromiso con la salud publica el hospital realiza ademas de las acciones asistenciales; actividades  educativas individuales y colectivas propendiendo por la integración  con autoridades, organizacionales sociales y productivas; entidades publicas y privadas que trabajen en la región de orden local , regional, tendientes a fortalecer  conductas y estilos saludables; proveer factores  y de prevención  de riesgo y enfermedades e informando de servicios de salud, los deberes y derechos de los usuarios del sistema como  también promoviendo, estimulando la prevención social en el manejo de los derechos de los usuarios; como también promoviendo, estimulando la prevención social en el manejo de los recursos públicos de salud partiendo del ejemplo con el compromiso de los funcionarios.


OBJETIVOS

La Empresa Social del Estado, Hospital Nivel I El Bordo es la Institución pública de salud de los patianos para su servicio y el de la Comunidad del Sur del Cauca 

MISIÓN

Contribuir a mejorar el estado de salud de la población Patiana, en especial la más pobre y vulnerable, a través de la Prestación de servicios de Promoción de la Salud y prevención de la enfermedad con calidad, oportunidad y trabajo en equipo, que permitan la rentabilidad social y la sostenibilidad financiera de la Institución, enfocados siempre en nuestro principio ¨SALUD PARA TODOS¨.

VISIÓN

En el año 2017, la ESE HOSPITAL NIVEL I EL BORDO, estará posicionada en la zona de influencia como empresa líder en la prestación de servicios de salud de primer nivel de complejidad, con enfoque social y estándares de calidad que contribuyan directamente en el mejoramiento de la calidad de vida de la Población patiana. Será una empresa viable y auto sostenible con personal idóneo y tecnología adecuada que genere rentabilidad social creciente y satisfacción de todos sus usuarios.


GERENTE: Malby yohana morales otero.
Datos de contacto
Teléfono: 8262000 - 8262020 - 8262210 - 8262212
Dirección:Carrera 4 No. 6-43
Ciudad: El Bordo -Patia - Cauca